El Sistema de Declaración de Sucesiones ha sido diseñado para realizar el reconocimiento de propiedades y bienes que pertenecían a una persona ya fallecida.
A través de este sistema se realiza la declaración sucesoral, la cual es de carácter obligatorio y debe presentarse dentro de los 180 días hábiles contados a partir del fallecimiento del causante.
¿Para qué sirve la planilla de declaración sucesoral?
Los familiares de una persona fallecida deben realizar los trámites sucesorales para conseguir el uso, goce y disfrute de los bienes que han heredado.
Realizar la declaración sucesoral es indispensable para establecer quiénes serán los herederos únicos universales de los bienes que ha dejado el difunto.
Se trata de un trámite ineludible para poder concretar transacciones con:
- Viviendas
- Cuentas en bancos
- Inversiones que se encontraban a nombre del familiar fenecido
Todo lo anterior ocurre a menos que el ahora difunto hubiese decidido en vida transferir o traspasar un poder notariado sobre sus pertenencias.
¿Cómo se hace para llenar o renovar una planilla de declaración sucesoral?
Existe una serie de requisitos que deben darse para completar correctamente una declaración sucesoral.
En primer lugar es necesario tener un RIF Sucesoral, para lo cual hay que tener una cuenta de correo electrónico válida y dar los siguientes pasos:Debe entrar al sitio en internet del SENIAT seniat.gob.ve
- Luego seleccione la opción Sistemas en Línea, y haga clic en el recuadro “Inscripción de RIF”.
- Seguidamente escoja el Tipo de Persona: “Sucesión (con cédula)”, o “Sucesión (sin cédula)” de acuerdo con el caso
- Ponga los datos del difunto, presione “buscar” e inmediatamente haga clicen el recuadro “Inscribir Contribuyente”.
- Ahora debe concluir los datos del fallecido y hacer clic en el recuadro“Guardar”.
- Debe proceder a completar los datos del domicilio fiscal del causante.
- Luego indique los datos del Representante de la Sucesión.
- Ahora debe colocar los datos de todos los Herederos de la Sucesión.
¿Cómo descargar e imprimir el formato por internet?
Una vez completados todos los pasos descritos busque la opción “Ver Planilla”, e imprima el formulario de inscripción.
Al tenerlo impreso, debe llevar el formulario hasta la Gerencia Regional donde esté adscrito, con todos los recaudos necesarios.
Entre los recaudos necesarios se encuentran el Acta de Defunción, Partida de nacimiento original de la persona fallecida, cónyuge e hijos, Instituciones bancarias con cuentas o créditos contraídos por la persona fallecida y el título de propiedad de los inmuebles y vehículos, entre otros.
Cuando haya obtenido el RIF de la Sucesióntendrá que registrarse en el Portal Fiscal.
¿Cómo registrarse en el Portal Fiscal?
Para registrarse en el Portal Fiscal debe seguir los siguientes pasos:
- Entre al sitio web del SENIAT seniat.gob.ve
- A continuación elija “Persona Natural”.
- Complete los datos de validación del usuario (en este caso, el difunto)
- Seguidamente, debe pulsar el recuadro“Aceptar”.
- Llene los Datos del Registro y luego presione el botón Aceptar.
- El sistema mostrará un mensaje avisándole que su operación ha sido exitosa.
Cuando sepa que su operación ha sido exitosa habrá llegado el momento de cumplir con el Procedimiento para el registro de la Declaración.
¿Cómo hacer el registro de la declaración sucesoral?
Debe entrar al sitio en internet del SENIAT www.seniat.gob.ve
El sistema le mostrará la información fiscal de la sucesión. Debe comprobar que los datos de la sucesión del fallecido y de los herederos estén cabalmente reconocidos para continuar con el proceso de la declaración.
De otro modo, aparecerá unmensaje de error que le indicará que no hay información suficiente para registrar en el RIF sucesoral.
Algunas de las razones para que surja el mensaje de error pueden ser:
- No tiene registrados legatarios o herederos.
- No tiene registrado el Representante de la Sucesión.
- Falta algún dato asociado al Domicilio Fiscal: Dirección, teléfono, etc.
En caso de que la información Fiscal esté correcta, pulse el botón “Sí” para continuar con el proceso de declaración y el sistema le dará un mensaje de confirmación.
¿Qué hacer si se necesita una prórroga para la declaración sucesoral?
Debe indicar si solicitó prórrogas para la presentación de la declaración. Luego debe hacer clic en el recuadro para crear un nuevo aplazamiento y llenar los espacios solicitados.
Desgravámenes, Exenciones y Exoneraciones
La Sección “Desgravámenes” muestra el tipo de desgravamen, la descripción y el monto asociado a la información incluida con anterioridad, como inmueble principal; prestaciones, seguros o indemnización por algún tipo de seguro.
Mientras que las secciones de “Exenciones” y “Exoneraciones” el sistema le mostrará los privilegios otorgados por la ley, vinculadas a datos agregados previamente como podría ser la caja de ahorros. Asimismo, en esta sección usted podría adicionar nuevas prerrogativas o exoneraciones.
Hay que destacar que estará exento del impuesto a pagar si la cuota hereditaria que corresponde a los ascendientes, descendientes, cónyuge y padres e hijos por adopción no excede de setenta y cinco unidades tributarias (75 UT).
¿Cómo ver la declaración sucesoral con todos los datos?
En la Sección “Ver declaración” el sistema le mostrará la declaración sucesoral por el anverso y el reverso, con todos los datos que usted registró.
Cuando la fecha de fallecimiento es mayor al 24/05/1994, por ejemplo, 24/5/2018, aparecerá en “Tarifa aplicable” la fracción de la parte neta comprendida en unidades tributarias.
Por otro lado, si la fecha de fallecimiento es menor al 24/05/1994 se mostrará en “Tarifa aplicable” la fracción de la parte neta comprendida en Bolívares Soberanos.
¿Cómo se hace para culminar el proceso?
Para culminar el proceso de declaración sucesoral debe pulsar el botón “Declarar”.
Si se encuentra dentro de los 180 días establecidos por la Ley como plazo para realizar el pago, tendrá la opción de efectuarlo en cuatro fracciones.
De no ser así, tendrá permitido realizar el pago en una sola parte.
Seguidamente, el sistema expondrá un mensaje avisándole que su operación ha sido correcta.
Luego debe imprimir dos ejemplares del anverso y reverso de la declaración sucesoral.
Usted podrá ingresar las veces que desee para imprimir los compromisos de pago y ver su declaración.